Boletín núm. P042

   
 

Ciudad de México, a 20 de noviembre de 2019

  “2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”
   
 
Horario, que se tomará para el registro del pago de contribuciones que establece la Regla 1.6.2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, vigentes (RGCE)
   
 

Se hace de su conocimiento que, derivado de la publicación del 22 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, relativo a las “Reglas de carácter general para la recepción de información de declaraciones fiscales y la recaudación de recursos federales por parte de las instituciones de crédito”, y su última modificación del 30 de agosto de 2019, para entrar en vigor el 25 de noviembre de 2019, en concordancia con la Ley de la Tesorería de la Federación (en adelante LTESOFE) y su Reglamento vigente, los cuales establecen que los recursos federales deberán ser enterados a la cuenta “UNICA” de la Tesorería de la Federación por sus auxiliares que establece la citada ley, el mismo día de su recaudación.

Con fundamento en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos y el Decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en la República Mexicana, a partir del 25 de noviembre del 2019, el pago de contribuciones descritas en la regla 1.6.2 de las RGCE, será con la hora del centro del país, la cual es registrada en los sistemas del SAT por las instituciones de crédito autorizadas.

Lo anterior, sin contravenir lo establecido en los artículos 43 y 83 de la Ley Aduanera.

Para cualquier duda o atención a problemas deberán comunicarse a MarcaSAT (55) 6272 2728 opción 7-5-2
a efecto de solventar las dudas generadas.