BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm P073

Julio 03 de 2002

 

CARTA DE CUPO

  

 

Con relación a la fracción segunda del artículo primero transitorio de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2002 y sus anexos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 31 de mayo del presente año; en el cual se indica que deberá anexarse la carta de cupo al pedimento conforme a la regla 3.22.2. La Administración Central de Regulación del Despacho Aduanero en conjunto con la Administración Central de Informática emitieron el oficio 326-SAT-2707 con fecha 21 de junio de 2002, en el cual se instruye recibir cartas de cupo en copia simple.

 

Por lo anterior, y considerando que nos encontramos en periodo de adaptación bajo el nuevo esquema de cartas de cupo electrónicas, se les informa  que en pedimentos bajo régimen de depósito fiscal deberá seguir anexándose copia simple de la carta de cupo hasta nuevo aviso.

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro