BOLETIN INFORMATIVO
Núm P075
Requisitos mínimos de la Carta Mandato
ó Encomienda
Con relación al documento al que se refiere el Art. 59
fracción III segundo párrafo, para comprobar el encargo conferido al o los
agentes aduanales para realizar operaciones de comercio exterior, éste deberá
enviarse a la Administración General de Aduanas, en original, conteniendo los
siguientes datos:
A.Clave del Registro Federal de
Contribuyentes (RFC); Nombre, Denominación o Razón Social y Domicilio Fiscal del promovente
manifestados en el RFC.
B. Contener la obligación de hacer conocer
al agente aduanal correspondiente, el o los cambios de domicilio que presente
ante el Registro Federal de Contribuyentes de manera oportuna, para el correcto
llenado del pedimento.
C. Relación de los nombres de los agentes
aduanales encomendados así como sus números de patente o autorización.
D. Firma autógrafa del Representante Legal
acreditado conforme al Artículo 19 del Código Fiscal, así como los datos del
poder notarial que le confiere dicha acreditación. En caso de inscripción inicial al Padrón de Importadores, la
firma deberá ser la misma a la que promueve la Solicitud de Inscripción.
E. Periodo de vigencia de cada encomienda.
Además del
apartado postal mencionado en el boletín P064, se ha habilitado temporalmente,
una ventanilla de control de gestión en la Admón. Central de Contabilidad y
Glosa, para la recepción únicamente de las Cartas Encomienda para Padrón
General de Importadores, ubicada en Av. Hidalgo 77 Módulo IV 1er. Piso, de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 hrs.
Sin más por el momento reciban un cordial saludo.