BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm P091

Agosto 07, de 2002

 

Aclaración a rectificación de Tránsitos

 

 

Como es de su conocimiento, en los tránsitos se especifica aduana de inicio y aduana destino. Antes de que se module el inicio del tránsito si se rectifica la aduana de destino, se debe de validar y pagar un nuevo pedimento, es decir, no se debe de hacer un R3.

 

Si el pedimento de tránsito fue iniciado pero el embarque realmente arriba a una aduana distinta de la declarada, el sistema no deja que se module el arribo en tanto el administrador de la aduana no solicita a la A.C.I. autorización al respecto. En estos casos, el AA hace un R3 pero se debe de tomar el debido cuidado ya que el pedimento que se debe de modular en la aduana de destino real, una vez obtenida la autorización de A.C.I., es el pedimento original y no el R3.  Si se modula en la aduana de destino real el R3 entones el pedimento original se queda abierto y se considera no arribado.

 

Ya se solicitaron las modificaciones correspondientes al sistema para que no permita modular el arribo de un pedimento de tránsito en aduana distinta a la declarada si no está debidamente iniciado.

 

Por otra parte, se les informa que en breve las aduanas que tengan casos donde se moduló un R3 en el arribo, estarán contactando a los AA para que presenten el pedimento original y el rectificado, levanten las actas correspondientes, soliciten las autorizaciones correspondientes a la A.C.I. y modulen los pedimentos originales respaldados con el R3.

 

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro