BOLETIN
INFORMATIVO
N�m
P024
Febrero 20, de 2003
Recintos Fiscalizados
Con base en la fracci�n VII del art�culo 26 de la Ley aduanera y la regla 2.3.5 de las Reglas de Car�cter General para en Materia de Comercio Exterior, en la que se especifica que los recintos fiscalizados estar�n obligados a entregar la mercanc�a que se encuentra bajo custodia una vez que se verifiquen los datos asentados en el pedimento con lo registrado en el Sistema de Consulta de Pedimentos para Recintos Fiscalizados, se les solicita tener especial cuidado para asegurar que por ning�n motivo se autorice la salida de un embarque en contenedor si los datos del mismo ( n�mero de contenedor, descripci�n de la mercanc�a, documentaci�n y las caracter�sticas del contenedor) no est�n correctamente asentados en el pedimento. Lo anterior sin eximir del cabal cumplimiento de la regla en comento.
Sin m�s por el momento reciba un cordial saludo.