BOLETIN INFORMATIVO
N�m P070
RFC�S
Por medio de la presente se les informa� que se ha detectado que� algunos RFC�s que realizan operaciones de
comercio exterior, est�n� en la
Administraci�n General de Recaudaci�n (AGR)�
con estado de no localizados o con estado de no al corriente en sus
obligaciones fiscales.� Es indispensable
que estas situaciones sean solventadas a la brevedad posible.
Con el af�n de no entorpecer las operaciones de
comercio exterior de los RFC�s en comento, se ha modificado el SAAI de tal
manera que en un par de semanas, el sistema va a comenzar a manejar esquemas de
alertas (�warnings�).� En principio las
alertas que genere el SAAI ser�n para los dos casos mencionados, pero se espera
que este sea un mecanismo adicional a trav�s del cual la Administraci�n General
de Aduanas pueda� informar a� los usuarios sobre problemas particulares.
Como es de su conocimiento, cuando el validador
arroja un error, el pedimento ya no puede continuar con los siguientes pasos
del despacho.� Las alertas no son
obst�culo para continuar con el proceso. Es decir, si un pedimento� al ser validado no tiene errores pero tiene
una situaci�n que amerita se genere una alerta, entonces en� el archivo de respuesta se� va a incluir tanto la firma como� la alerta correspondiente y el pedimento va
a poder continuar con su despacho sin ning�n problema.
Es importante mencionar que la alerta la
estar�a viendo en primer instancia el Agente o Apoderado Aduanal� por lo que deber� enterar de esta situaci�n a
su cliente.�� En breve,� se realizar�n los ajustes necesarios a la
p�gina de Internet para que todo pedimento validado que se hizo acreedor a una
alerta sea debidamente resaltado en la p�gina de consulta indicando la alerta
correspondiente y a trav�s de este mecanismo el Importador y el Agente o
Apoderado Aduanal tenga otra forma de enterase de estos casos.
Se invita a dar un seguimiento detallado a las
alertas recibidas ya que si las mismas no son atendidas en tiempo y forma,
pueden ocasionar situaciones� que
obstaculicen las operaciones de comercio exterior del RFC que tiene el
problema.� Toda alerta se estar�
controlando con cierta vigencia por RFC y el plazo comenzar� a correr� para el RFC con el problema, una vez que el
sistema le haya arrojado la primera alerta.�
Respecto a lo indicado en el primer p�rrafo, en
caso de recibir una alerta especificando�
que el RFC est� como no localizado en AGR o que el RFC no est� al
corriente en sus obligaciones en AGR, el interesado (due�o del RFC) deber� acudir
a la Administraci�n Local de�
Recaudaci�n que le corresponda para aclarar la situaci�n.�� Una vez que est� listo el esquema de
alertas, se enviar� un bolet�n en alcance especificando a detalle el
procedimiento a seguir para que las mismas sean solventadas y los plazos de
vigencia que aplicar�n.
Sin m�s por el momento
reciban un cordial saludo.