BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P125
Liberaci�n nacional y nueva
piloto
Con el presente se informa que el pasado 21 de julio del a�o
en curso se liber� a nivel nacional la versi�n del validador que contiene las
modificaciones indicadas en el bolet�n P112 del 10 de julio del presente a�o,
la cual fue probada inicialmente en la aduana de Ju�rez y posteriormente
extendida a las aduanas de Guadalajara, Manzanillo y Puebla.
Asimismo, se comunica que el d�a de ma�ana se instalar� una nueva prueba piloto en las aduanas de Cd. Ju�rez, Tijuana y Veracruz, conteniendo las modificaciones que se se�alan enseguida, misma que se liberar� nacional una vez confirmado su correcto funcionamiento:
- Se corrige la validaci�n de cuotas compensatorias cuando dicha cuota se establece en d�lares de los Estados Unidos de Am�rica, por cada unidad de medida de la tarifa de la fracci�n arancelaria de que se trate.
-
Se corrige el criterio de
validaci�n del arancel mixto en mercanc�as con contenido de az�car, originarias
de pa�ses con los que M�xico ha firmado Tratado de Libre Comercio, de
conformidad con el Decreto que establece las tasas aplicables a las mercanc�as
originarias de estos pa�ses durante 2003, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2002.
-
Se modifican los criterios de
validaci�n de descargos de pedimentos no desaduanados, cuando se trate de los
siguientes casos:
1.- Pedimentos de
retorno y de cambio de r�gimen, cuando en los mismos se descarguen pedimentos
virtuales que a�n no se han sido consolidados y el previo de consolidado sea
del mes actual o del mes inmediato anterior.
2.- Cuando se descargue pedimentos con
partes dos, si a�n no est�n cumplidos porque falte presentar alguna remesa al
M�dulo de Selecci�n Automatizada, siempre y cuando dicho pedimento que se
descarga haya sido pagado dentro de los seis meses anteriores.
Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.