BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P130
Criterios de validaci�n
Con el presente remito a ustedes, en archivo anexo, oficio n�mero 326-SAT-VI-A-2.-52929 de fecha 23 de julio del a�o en curso, emitido por esta Administraci�n Central con el Vo. Bo. de la Administraci�n Central de Regulaci�n del Despacho Aduanero, el cual informa la modificaci�n al Ap�ndice 8 del Anexo 22, que pr�ximamente ser� publicada en el Diario Oficial de la Federaci�n, donde se incluye el identificador TR� �Traspaso de mercanc�a al amparo de los numerales C y D de la Regla de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior 3.6.10�
Se podr� utilizar este identificador con complementos 1, 2 y
3 para los pedimentos con clave de documento K2 cuando la operaci�n se realice
al amparo de la RCGMCE 3.6.10 numeral C, de acuerdo con el destino del traspaso
y con el complemento 4 para los pedimentos con clave de documento K3 cuando la
operaci�n se realice al amparo del numeral D de dicha Regla.
Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.