BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P173
Declaraci�n de bloques
En alcance
al� bolet�n informativo No. P167 emitido
el pasado 9 de octubre del presente a�o, en el cual se da a conocer mediante el
oficio 326-SAT-VI-D-53967, que en pedimentos consolidados deber�n declararse
los registros de facturas, transporte, contenedores y gu�as, se les informa que
el bloque correspondiente a Facturas (Registro 505) no deber� declararse y que
los otros aplican cuando se trate de modalidad de transporte� mar�tima o ferroviaria.
Sin m�s por el momento,
reciban un cordial saludo.