BOLETIN INFORMATIVO
N�m P175
Octubre
17 de 2003
Contingencia Automatizada SAIT
Con el
presente remito en archivo anexo Of. N� 326-SAT-VI-54125 de fecha 16 de octubre
de 2003, y Procedimiento de Contingencia Automatizada, emitido por esta
Administraci�n Central.
Sin m�s por el
momento reciban un cordial saludo.
Procedimiento de
contingencia automatizada del Sistema Automatizado de� Importaci�n temporal de Remolques,
Semirremolques y Portacontenedores (SAIT)
I.
Cuando el SAIT no pueda
registrar la importaci�n temporal o el retorno de los remolques, semirremolques
y portacontenedores en la base de datos central, se activar� autom�ticamente en
los puntos de revisi�n (garitas) la fase de contingencia automatizada.� Una vez activada la contingencia
automatizada, en� la pantalla de SAAI
correspondiente a la Internaci�n y/o Retorno de Pedimentos SAIT, se mostrar� la
leyenda �CONTINGENCIA�.
II.
Si las Empresas Autorizadas a prestar los servicios de
procesamiento electr�nico de datos y servicios relacionados necesarios para
llevar a cabo el control de la importaci�n temporal de remolques,
semirremolques y portacontenedores, detecten alguna anomal�a en la validaci�n
de pedimentos de importaci�n temporal a trav�s del SAIT, podr�n solicitar al personal designado por la
Aduana de Nuevo Laredo autorizaci�n para operar bajo contingencia.
Cabe
se�alar que no se deber� autorizar operar bajo contingencia a las Empresas
Autorizadas, si los puntos de revisi�n (garitas) no se encuentran operando bajo
la contingencia automatizada mencionada en el punto anterior, ya que en este
caso el SAIT no permitir� la internaci�n ni retorno de pedimentos emitidos sin
firma electr�nica.
III.
Las empresas SAIT
autorizadas a operar bajo contingencia, podr�n emitir pedimentos de importaci�n
temporal sin la firma electr�nica del sistema, para lo cual se deber� imprimir
en los mismos, la leyenda �Pedimento emitido bajo contingencia en la
operaci�n�, as� como la fecha y hora de emisi�n.�
En este caso, la firma electr�nica que deber� asentarse en el pedimento y en el c�digo de barras del mismo, deber� ser: CONTING.
Para tal efecto, las empresas autorizadas �nicamente podr�n utilizar el formato oficial denominado �Pedimento de Importaci�n Temporal de Remolques, Semirremolques y Portacontenedores� que forma parte del Anexo 1 de las Reglas de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior vigentes; cualquier otro documento carecer� de validez para amparar la importaci�n temporal de la unidad correspondiente.
IV.
Durante la fase de
contingencia, la aduana certificar� la internaci�n y retorno en el pedimento a
trav�s del SAIT.�� Por ning�n motivo
se podr� utilizar sello de goma para registrar los movimientos de internaci�n o
retorno.
V.
Cuando el pedimento se
presente ante la autoridad aduanera, despu�s de 6 horas posteriores al t�rmino
de la contingencia automatizada, y �ste�
haya sido emitido en fase de contingencia, el SAIT no permitir�
registrar la internaci�n correspondiente.
VI.
Una vez que se reestablezca
la operaci�n, las empresas autorizadas deber�n validar a trav�s del SAIT de
manera inmediata todos y cada uno de los pedimentos que se emitieron durante la
contingencia.� Para esto, �sta debe
estar haciendo intentos de validar a trav�s del sistema, m�nimo cada 10 minutos
CONTACTOS
DEL PERSONAL DESIGNADO POR LA ADUANA DE NUEVO LAREDO PARA AUTORIZAR LA CONTINGENCIA
AUTOMATIZADA
Nombre |
Tel�fono Oficina |
Tel�fono Celular |
Ang�lica Mar�a Sandoval |
711-32-38,
711-32-02 |
166119*11 |
Nery Luz Alegr�a Arrazola |
711-32-32 |
166119*5 |