BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m P180

Octubre 24 de 2003

 

Declaraci�n de Contenedores

 

En referencia al Bolet�n N�mero P157, emitido el pasado 22 de septiembre del a�o en curso, en el cual se informa que por ning�n motivo se debe autorizar la salida de un embarque en contenedor si los datos del mismo no est�n declarados en el SAAI, lo cual se comprueba en la pesta�a denominada contenedores de la consulta remota de pedimentos, me permito aclarar lo siguiente:

 

En el caso de pedimentos en tr�nsito la consulta del n�mero de contenedor no est� implementada; sin embargo, se est� ya trabajando en ello; por lo que en caso de tr�nsitos la verificaci�n de n�mero de contenedor en sistema queda exenta de manera temporal.

 

 

Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro