BOLETIN INFORMATIVO
N�m P180
Declaraci�n de Contenedores
En
referencia al Bolet�n N�mero P157, emitido el pasado 22 de septiembre del a�o
en curso, en el cual se informa que por ning�n motivo se debe autorizar la
salida de un embarque en contenedor si los datos del mismo no est�n declarados
en el SAAI, lo cual se comprueba en la pesta�a denominada contenedores de la
consulta remota de pedimentos, me permito aclarar lo siguiente:
En el
caso de pedimentos en tr�nsito la consulta del n�mero de contenedor no est�
implementada; sin embargo, se est� ya trabajando en ello; por lo que en caso de
tr�nsitos la verificaci�n de n�mero de contenedor en sistema queda exenta de
manera temporal.
Sin m�s por el momento,
reciban un cordial saludo.