BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P024
Desistimientos Electr�nicos
En alcance al bolet�n No P218
del 19 de diciembre 2003, en el cu�l se indica el plazo que tendr�n los
pedimentos antes de considerarse �vencidos�; se informa que, derivado del
an�lisis de las estad�sticas sobre tiempo de operaci�n obtenida del SAAI M3, el
procedimiento indicado en el bolet�n en comento se modifica para quedar como
sigue:
Aquellos
pedimentos de exportaci�n pagados con fecha igual o posterior al 1 de Marzo del presente,
tendr�n un plazo de 6 d�as naturales para ser modulados, rectificados o desistidos, sin
importar el medio de transporte declarado en el mismo; despu�s del cu�l ser�n
considerados vencidos.
El plazo para
que los pedimentos de importaci�n se consideren vencidos, no se modifica (2 meses para medio de
transporte ferrocarril y 1 mes en otro caso).
Cabe aclarar que los
pedimentos de exportaci�n pagados entre el 15 de diciembre de 2003 y el 29 de
Febrero de 2004, tendr�n el plazo mencionado en el bolet�n No. P218 para
considerarse vencidos.
Sin m�s por el momento,
reciban un cordial saludo.