BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P069
Desistimientos Electr�nicos
En alcance al bolet�n No P024
del 18 de Febrero 2004, en el cu�l se indica el plazo que tendr�n los
pedimentos antes de considerarse �vencidos�; se informa que dicho plazo se
modifica para quedar como sigue:
Aquellos pedimentos de
exportaci�n pagados con fecha posterior al 1 de Mayo del presente, tendr�n
un plazo de 20 d�as naturales para ser modulados, rectificados o
desistidos si en �stos se declar� como Medio de Transporte de Salida
Ferrocarril (Campo 18,
Registro 501) y 6 d�as naturales
en cualquier otro caso; despu�s de los cuales ser�n considerados vencidos.
El plazo para que los pedimentos de importaci�n se consideren
vencidos, no se modifica (2 meses para medio de transporte ferrocarril y 1 mes en otro
caso).
Cabe aclarar que los pedimentos de exportaci�n
pagados entre el d�a de hoy y el pr�ximo 30 de abril de 2004, tendr�n el plazo
mencionado en el bolet�n No P024 (6 d�as naturales) para
considerarse vencidos.
Sin m�s por el momento,
reciban un cordial saludo.