BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P084
ACEPTACI�N ELECTR�NICA DE ENCARGO CONFERIDO
En alcance al bolet�n No 095 del pasado 20 de Abril,
relacionado con el procedimiento para que los Agentes Aduanales puedan aceptar
o rechazar de manera electr�nica el encargo conferido de los Importadores
realizado a trav�s de la Carta de Encomienda (Art�culo 59 de la Ley Aduanera);
se informa lo siguiente:
Conforme a la pr�rroga de la regla 2.6.17 de
las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior que se dar� a conocer en
la 1�� Resoluci�n de Modificaciones; los
agentes aduanales deber�n efectuar la aceptaci�n o rechazo del encargo
conferido por el importador, mediante transmisi�n electr�nica a partir del 1o
de Junio de 2004. Trat�ndose de los encargos conferidos hasta el 31 de
mayo de 2004, los agentes aduanales tendr�n hasta el 31 de mayo de 2004
para llevar a cabo la aceptaci�n o rechazo de los mismos.
Para m�s informaci�n, favor de visitar la p�gina de Preguntas
Frecuentes de la ACI, www.aduanas.sat.gob.mx/aga.asp?Q=PreguntasACI.� Para dudas o comentarios, comunicarse con
Teresa Mac�as al 9157-6711 � Marco Antonio Medina al 9157-3218.
Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.