BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m. P150

Agosto 06, de 2004

 

Permisos Previos

 

Con relaci�n al bolet�n P125 de fecha 2 de julio del a�o en curso en la que se informa de la instalaci�n de la versi�n del validador que realiza la verificaci�n de los permisos previos en l�nea con la Secretaria de Econom�a, se han recibido comentarios relacionados con el siguiente p�rrafo:

 

Que la cantidad declarada en el permiso, deber� coincidir con la cantidad en UMT, excepto para los permisos de regla 8tva, en los que deber� coincidir con la UMC.

 

 

Cabe se�alar que dicho criterio del validador es resultado de las consideraciones generales para el llenado de la solicitud de Permiso de Importaci�n o Exportaci�n publicado el pasado 14 de mayo del a�o en curso que especifica que:

 

La cantidad de mercanc�a a importar o exportar se deber� indicar en t�rminos de la unidad de medida se�alada en la Tarifa de la Ley de los Impuestos de Importaci�n y Exportaci�n (TIGIE). En el caso de las mercanc�as a importar comprendidas en la partida 9802 y fracciones arancelarias 9806.00.02 y 9806.00.03 de la TIGIE, se deber� indicar la medida de comercializaci�n.

 

Por lo antes expuesto se les solicita tener especial cuidado en que la unidad de medida de comercializaci�n declarada en la solicitud de los permisos previos ante la Secretaria de Econom�a coincida con la unidad de medida de comercializaci�n declarada en los pedimentos en los que se haga uso de dichos premisos.

 

Sin m�s por el momento reciba un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRADOR CENTRAL DE INFORMATICA

ING. JORGE MONTOYA CASTRO