BOLETIN INFORMATIVO

N�m. P181

Septiembre 10 de 2004

 

ITN (Internal Transaction Number)

 

Por medio del presente y en alcance a los Boletines P144 y P175, me permito informarles que la validaci�n electr�nica y/o captura del n�mero ITN no es obligatoria, por lo que no habr� sanci�n alguna si no es proporcionada dicha informaci�n.Por el contrario, cuando el mecanismo de selecci�n automatizada asigne reconocimiento aduanero a una operaci�n en la cual se declar� y/o present� el ITN, el sistema dar� prioridad de revisi�n sobre est�s operaciones.

 

As� mismo para el caso de los pedimentos consolidados, se informa que solo es necesario presentar en el modulode selecci�n automatizada la hoja anexa con la informaci�n relacionada al ITN en cada remesa; no se deber� declarar los ITNs de las remesas en la validaci�n del cierre del consolidado.

 

 

Sin m�s por el momento reciba un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

ING. DALYNN MICHELLE SOMUANO SPEARS