BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m. P196

Octubre 20, de 2004

 

Control de saldos a favor del contribuyente.

 

Anexo al presente se env�a un archivo conteniendo el oficio 326-SAT-VI-A-1. 71991 de fecha 20 de octubre de 2004, emitido por esta Administraci�n Central y con el Vo. Bo. de la Administraci�n Central de Regulaci�n del Despacho Aduanero, donde se informan acerca de las modificaciones a los anexo 1 y 22 de la Resoluci�n de Comercio Exterior vigente, pr�xima a publicarse en el Diario Oficial de la Federaci�n.

 

Relacionado con estas modificaciones, se informa que el 25 de octubre de 2004 se instalar� una nueva versi�n del validador en la aduana de Guadalajara. Esta versi�n tendr� como finalidad llevar el control de los saldos generados por desistimientos y rectificaciones a favor del contribuyente y que son utilizados para el pago de pedimentos a trav�s de la compensaci�n, o bien, son devueltos por conducto de la Administraci�n General de Recaudaci�n.

 

Para dicho control, se tienen las siguientes consideraciones:

 

 

GENERACI�N DE SALDOS.

 

Desistimientos:

 

El saldo por diferencias a favor del contribuyente ser� generado en el momento en que se confirme el desistimiento en el m�dulo correspondiente del SAAI.

 

Rectificaciones:

 

El saldo por diferencia a favor del contribuyente se dar� de alta al momento de pagar la rectificaci�n.

 

Se deber� declarar el importe total de las diferencias a favor del contribuyente, utilizando un registro 702 con las claves de contribuci�n y forma de pago que se publicar�n para el efecto. Para obtener este importe, se deber�n sumar todas las contribuciones con todas las formas de pago que resulten a favor del contribuyente con la rectificaci�n, sin aplicar actualizaci�n.

 

Al rectificar un pedimento en el cual se hab�a compensado alg�n gravamen y como resultado de esta rectificaci�n, se reduce o elimina el importe compensado en el pedimento que se rectifica, la diferencia a favor se restaurar� en el saldo del pedimento que dio origen a la compensaci�n.

 

Los saldos por diferencias a favor del contribuyente (DFC) se llevar�n por contribuci�n y forma de pago; al generarse estos saldos, ser�n asociados al pedimento en el que se realiz� el pago en exceso.

 

Si se tiene el caso en el que un pedimento fue rectificado varias veces y posteriormente es desistido o rectificado obteniendo una diferencias a favor del contribuyente, el saldo generado se distribuir� entre las rectificaciones anteriores en proporci�n a las diferencias pagadas en cada rectificaci�n, sin considerar para esto el DTA que se paga por cada rectificaci�n, hasta completar el saldo, en el orden de �ltima a primera, terminando en el pedimento original cuando sea necesario. De esto se dan algunos ejemplos adelante.

 

 

EJEMPLOS DE GENERACI�N DE SALDOS

 

Los ejemplos que aparecen a continuaci�n presentan el pago en efectivo de una sola contribuci�n dada (por ejemplo DTA), aunque la forma de generar los saldo es igual para cualquier concepto.

 

 

MOVIMIENTOS

 

SALDO DE DIFERENCIAS GENERADO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE

 

 

 

PEDIMENTO

CPTO

IMPORTE

PAGA

 

PEDIMENTO CON SALDO POR DFC

CPTO

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9999-4000001

IGI

1,200

1,200

 

9999-4000001

IGI����

1,200

*** Se desiste

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9999-4000002

DTA

3,000

3,000

 

9999-4000002

DTA����

3,000

9999-4000003(R1)

DTA

3,090

90 + C F

 

9999-4000003

DTA��������

90

*** Se desiste

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9999-4000004

IVA

5,200

5,200

 

9999-4000004

IVA�����

5,200

9999-4000005�� (R1)

IVA���

6,300

1,100

 

9999-4000005

IVA�����

1,100

*** Se desiste

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9999-4000006

303

11,950

11,950

 

9999-4000006

303

1,650

9999-4000007�� (R1)

303

10,300

0

 

9999-4000007

303

0

*** termina tr�mite

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9999-4000008

IGI

2,500

2,500

 

9999-4000008

IGI

1,200

9999-4000009�� R1

IGI

1,300

0

 

9999-4000009

IGI

0

9999-4000010�� R1

IGI

1,300

0

 

9999-4000010

IGI

0

9999-4000011�� R1

IGI

7,300

6,000

 

9999-4000011

IGI

6,000

9999-4000012�� R1

IGI

1,300

0

 

9999-4000012

IGI

0

*** Se desiste

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9999-4000013

IGI

255,200

255,200

 

9999-4000013

IGI

200,000

9999-4000014�� R1

IGI

275,200

20,000

 

9999-4000014

IGI

20,000

9999-4000015�� R1

IGI

275,200

0

 

9999-4000015

IGI

0

9999-4000016�� R1

IGI

295,500

20,300

 

9999-4000016

IGI

20,300

9999-4000017�� R1

IGI

395,500

100,000

 

9999-4000017

IGI

100,000

9999-4000018� �R1

IGI

55,200

0

 

9999-4000018

IGI

0

***termina tr�mite

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Para efectos de ejemplificar el uso del registro 702 al rectificar con diferencias a favor del contribuyente, a continuaci�n se muestran los registros correspondientes a los pedimentos de los ejemplos anteriores, considerando que no hubiera diferencias por otros conceptos que los anotados en los ejemplos:

 

En el pedimento 9999-4000007����� �������� 702|4000007|50|16|1650|

 

En el pedimento 9999-4000009����� �������� 702|4000009|50|16|1200|

 

En el pedimento 9999-4000012����� �������� 702|4000012|50|16|6000|

 

En el pedimento 9999-4000018����� �������� 702|4000018|50|16|340300|

 

Si al rectificar, se tuvieran diferencias a favor del contribuyente por otros conceptos y formas de pago, el importe total de ellas se deber� sumar al del 702, es decir, tomando el ejemplo del pedimento 9999-4000018, si tuvi�ramos que en este, adem�s del IGI en efectivo, existen diferencias de 5000 para DTA con clave de pago 10, 10000 para el IVA con forma de pago 2, 3000 en CC con forma de pago 2 y 50000 en IEPS con forma de pago 6, estos importes se sumar�an al total del registro 702, quedando de la siguiente manera:

 

�������� �������� 702|4000018|50|16|408300|

 

 

COMPENSACIONES.

 

La compensaci�n se realizar�, tal como se hace en la actualidad, con la diferencia de que se utilizar� un nuevo registro (513), para hacer referencia al pedimento en el que se efectu� el pago en exceso y que previamente fue rectificado o desistido.

 

Al aplicar una compensaci�n deber� verificarse que �sta sea procedente y que exista saldo suficiente (considerando su actualizaci�n correspondiente) en el pedimento que se anota en el registro 513.

 

El saldo por diferencias a favor del contribuyente en un pedimento podr� ser utilizado en parcialidades para compensar contribuciones de varios pedimentos.

 

El importe que puede ser aplicado en una compensaci�n, se calcular� actualizando el valor de la diferencia original desde la fecha en que se efectu� el pago en exceso y la fecha de pago del pedimento en que se realiza la compensaci�n.

 

No ser� v�lido utilizar la forma de pago 13 (pago ya efectuado) para tomar el saldo por diferencias a favor del contribuyente al pagar un pedimento.

 

 

EJEMPLO DE COMPENSACIONES

 

Este ejemplo s�lo es para mostrar como se deben declarar las compensaciones haciendo referencia a sus descargos respectivos, sin tomar en cuenta las tasa vigentes, ni otras condiciones normativas.

 

Tomando como base los saldos de diferencias a favor del contribuyente, generados en los ejemplos de generaci�n de saldos, a continuaci�n se hace uso de dichos saldos para compensar algunos pagos:

 

500|1|9999|4000019|480|

.

.

510|4000019|1|12|1600|

510|4000019|1|0|1500|

.

.

513|4000019|9999|4000002|470|29092004|1|1600|

 

513|4000019|9999|4000001|470|29092004|6|1200|

513|4000019|9999|4000008|470|29092004|6|1200|

513|4000019|9999|4000011|470|29092004|6|3300|

.

.

557|1110002|90065999|1|6|0|123|

557|1110002|90065999|1|6|12|5700|

.

.��������

.

Despu�s de esta operaci�n, los saldos de los pedimentos descargados quedan como sigue:

 

SALDO DE DIFERENCIAS GENERADO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE

 

PEDIMENTO CON SALDO POR DFC

CPTO

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

9999-4000001

IGI����

0

 

 

 

9999-4000002

DTA

1,600

 

 

 

99994000008

IGI

0

 

 

 

9999-4000011

IGI

2,700

 

 

DEVOLUCIONES

 

La informaci�n de todos los contribuyentes, en lo que se refiere a saldos por pagos en exceso en pedimentos, generados por medio de rectificaciones y/o desistimientos bajo este esquema, ser� utilizada tambi�n por la Administraci�n General de Recaudaci�n para verificar los saldos disponibles al momento de ser solicitados por el contribuyente, cancelando dichos saldos una vez que se atiende la devoluci�n.

 

 

 

SOIA

 

Se est� desarrollando la aplicaci�n que permitir� al agente aduanal y al contribuyente consultar sus saldos disponibles para compensaci�n y/o devoluci�n, a trav�s del SOIA en la p�gina de aduanas.

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Dalynn Michelle Somuano Spears