BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P208
Liberaci�n nacional y nueva
piloto
Con el presente se informa que el pr�ximo lunes 29 de
noviembre del a�o en curso, se instalar� una nueva versi�n piloto en las
aduanas de Reynosa, Ciudad Ju�rez, Veracruz y del Interior de la Ciudad de
M�xico, conteniendo las modificaciones que se se�alan enseguida, misma que se
liberar� nacional una vez confirmado su correcto funcionamiento.
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Se modifica la validaci�n de autorizaciones PROSEC, del
Sector II �Industria El�ctrica�, incisos a) y b); para permitir declarar IIa �
IIb en el complemento del identificador PS, de acuerdo con el sector al que
corresponda la fracci�n arancelaria, cuando el importador cuenta con
autorizaci�n IIb.
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Se modifica la validaci�n del c�lculo de contribuciones a
favor del contribuyente en pedimentos de rectificaci�n, cuando se incluyen
formas de pago virtuales, de conformidad con el bolet�n No. P196.
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Se corrige el c�lculo del importe del DTA en pedimentos de
Regularizaci�n �A3� al amparo de la Regla de Car�cter General en Materia de
Comercio Exterior 1.5.1., con el identificador RE, para considerar la
actualizaci�n de dicho importe, cuando as� corresponda.
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Se corrige la validaci�n de los plazos permitidos para
aplicar preferencias arancelarias, al amparo de alg�n TLC, cuando en el
original no se aplic� dicha preferencia.
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Se incorpora la obligatoriedad de declarar la cantidad de
la mercanc�a en los avisos autom�ticos de exportaci�n.
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Se emitir� la siguiente alerta, cuando se trate de una exportaci�n
definitiva (A1) y el exportador cuente con alg�n programa de Maquila o Pitex: �La
operaci�n que se est� realizando es una exportaci�n definitiva, si la operaci�n
que se pretende exportar es un� retorno
de mercanc�a importada temporalmente, se debe realizar con la clave de
documento correspondiente (J1, J2)�
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Se corrige la validaci�n de contenedores en pedimentos de
importaci�n, con clave de documento K1 y en rectificaciones cuando el pedimento
original es anterior al 3 de marzo del 2003.
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Se permitir� declarar el identificador PD �partes dos� en
rectificaciones a pedimentos posteriores a la entrada en vigor del mismo.
Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.