BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P007
Enero
21 del 2004
FIRMA ELECTR�NICA AVANZADA
En relaci�n a la entrada en vigor de la regla 2.1.11
de las reglas generales en materia de comercio exterior, se informa que la
Administraci�n General de Asistencia al Contribuyente facilitar� a los Agentes, Apoderados y Mandatarios
Aduanales que lo requieran, la obtenci�n de la Firma Electr�nica Avanzada en
las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente, garantizando la
prontitud del tr�mite, para lo cual se anexa un listado con los responsables de
cada Administraci�n Local.
En caso de que
existiera alguna inconsistencia, el interesado debe presentarse personalmente
en la Administraci�n Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda,
donde le orientar�n y ayudar�n a solventarla.
Cabe se�alar
que el servicio que se proporciona para la obtenci�n del certificado de Firma
Electr�nica Avanzada es totalmente gratuito y que el Servicio de Administraci�n
Tributaria no avala ni certifica a persona alguna, sociedad, asociaci�n o
empresa cuya actividad sea la asesor�a, creaci�n de software, producto o
servicio relacionado a la Firma Electr�nica Avanzada, diferentes de los
dispuestos en el C�digo Fiscal de la Federaci�n y en la Resoluci�n Miscel�nea
Fiscal.
Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.