BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P084
Agosto
5, del 2005
Modificaci�n a los identificadores CS y PD
Por este medio se informa de la pr�xima
publicaci�n sobre las modificaciones a los identificadores CS y PD del ap�ndice
8 del anexo 22 de las reglas generales en materia de comercio exterior, mismas
que se solicitaron con oficio 326-SAT-I-20011 del cu�l se anexa copia.
Por lo anterior y en alcance al bolet�n
194 de fecha 6 de noviembre de 2002 se informa que, para cumplir con lo
dispuesto en la regla 2.6.8. rubro D, es decir cuando sean operaciones donde se
utilicen copias simples (identificados CS complemente 2), para mercanc�a a
granel, ser� necesario declarar el identificador PM con su complemente �G�
(Granel).
Por otro lado, en los casos en que se pretenda importar o exportar m�quinas desmontadas o sin montar todav�a o l�neas de producci�n completas o construcciones prefabricadas desensambladas con un pedimento partes II, ser� necesario que se declare el complemento 2 del identificador PD para que el SAAI otorgue el plazo de los 4 meses que se�ala el segundo p�rrafo del rubro B de la regla 2.6.8.
Sin m�s por el momento, reciban un
cordial saludo.