BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P091
Agosto 12, de 2005
Control de Pedimentos Complementarios
En alcance al Bolet�n
No. P074 del 29 de junio del a�o en curso, referente al Control de Pedimentos
de Retorno de mercanc�as sujetas a los art�culos 303 del TLCAN, 14 del TLCUE y
15 del TLCAELC en los que se declare que presentar�n el Pedimento
Complementario en el plazo de 60 d�as posteriores al retorno, se informa lo
siguiente:
- Se pospone la entrada en operaci�n del citado
control, de manera que �ste aplicar� a los pedimentos de retorno que se
realicen a partir del pr�ximo 15 de agosto del presente a�o en adelante. Cabe
aclarar que el control se iniciar� s�lo con los pedimentos de retorno que se
presenten a partir de dicha fecha en los que se hubiese declarado los
identificadores ST y/o DT con complementos 8 � 9b, trat�ndose de operaciones
con pa�ses del TLCAN o SU y/o DU con complemento 15, trat�ndose de operaciones
con pa�ses del TLCUE o TLCAELC, es decir no aplica para los pedimentos de
retorno que se hubiesen presentando con anterioridad al 15 de agosto ni a los
pedimentos de retorno que se presenten a partir de dicha fecha en los que se
hubiese declarado los identificadores ST y/o DT con complementos distintos a 8
� 9b o SU y/o DU con complementos distintos a 15.
- Si vencido el plazo de los 60 d�as naturales
contados a partir de la fecha del pedimento de retorno de la mercanc�a, un
exportador no hubiera presentado el pedimento complementario correspondiente,
el SAAI enviar� una ALERTA a los pedimentos que se validen con el RFC
del exportador que est� en dicha situaci�n, con la leyenda: �EL RFC tiene
pedimentos de retorno por los que no se ha presentado el pedimento
complementario correspondiente y cuenta con un plazo de 10 d�as naturales para
su presentaci�n�, otorgando la firma electr�nica si no existe ning�n otro
error.
- Si vencido el plazo de los 10 d�as naturales
se�alados en el p�rrafo anterior, no se presenta el pedimento complementario
correspondiente, el SAAI marcar� ERROR a los pedimentos que se validen
con el RFC del exportador que est� en dicha situaci�n, con la leyenda: �EL
RFC tiene pedimentos de retorno, pendientes de presentar su complementario�
y no otorgar� la firma electr�nica en tanto no se presente el pedimento
complementario correspondiente.
Sin m�s por el momento, reciban un cordial
saludo.