BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P151�
Diciembre 06, de 2005
Cupos de Econom�a
Por este conducto se informa que al ingresar
mercanc�a a dep�sito fiscal (clave de�
pedimento� A4), no deber�
declararse el cupo otorgado por la Secretar�a de Econom�a.� El cupo correspondiente se deber� descargar
hasta que se realice la extracci�n de la mercanc�a (clave de pedimento G1).
Lo anterior con base en la regla 2.6.21 que se
se�ala a continuaci�n:
2.6.21.�� Para los efectos de los art�culos 37, 38 y 43
de la Ley, el SAAI generar� el c�digo de validaci�n de los pedimentos o
facturas que amparen la importaci�n temporal de mercanc�as por maquiladoras o
PITEX, referente a la vigencia de los programas y fracciones arancelarias
autorizadas; y de los pedimentos de importaci�n definitiva y de extracci�n de
mercanc�as de dep�sito fiscal para su importaci�n definitiva, referente a la
vigencia de cupos, conforme a lo siguiente:
1.�� En el caso de las importaciones temporales
efectuadas por maquiladoras y PITEX, el programa y fracciones arancelarias
correspondientes, deber�n de estar vigentes al momento de la validaci�n del
pedimento ante el SAAI.
������ Cuando se efect�e la operaci�n mediante pedimentos
consolidados conforme al art�culo 37 de la Ley, el programa deber� estar
vigente al momento de abrir el pedimento consolidado y las fracciones
arancelarias al momento en que se presenten las mercanc�as ante el m�dulo de
selecci�n automatizado.
2.� En el caso de importaci�n definitiva y de la extracci�n de
mercanc�as del r�gimen de dep�sito fiscal para importaci�n definitiva, sujetas
a cupo por parte de la SE, el cupo correspondiente deber� estar vigente a la
fecha de pago del pedimento correspondiente.
En caso de dudas podr�
comunicarse con Susana Dom�nguez en el tel�fono 91576175 o 91573218 � v�a
correo electr�nico a la cuenta susana.dom�nguez@sat.gob.mx.
Sin m�s por el momento, reciban
un cordial saludo.