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BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P032�
Marzo 28, de 2006
Marbetes
En alcance al bolet�n N� P021 del 7 de marzo, se
informa que a partir del 1� de Abril del a�o en curso es obligatoria la
declaraci�n del identificador MB, conforme a lo siguiente:
1. Cuando se
realice la importaci�n de mercanc�as que se encuentran listadas en el
Sector 5 (Vinos y licores) del Anexo 10 de las Reglas de Car�cter General en
Materia de Comercio Exterior vigentes y que por su naturaleza no esta
obligado a contar con marbete como lo se�ala la Ley del Impuesto Especial sobre
Producci�n y Servicios se deber� declarar el identificador SM a fin de
exceptuar a esa partida de la declaraci�n del MB
2. Hasta
nuevo aviso, trat�ndose de extracciones de deposito fiscal (clave de pedimento
G1) se podr� colocar el rango de los marbetes tantas veces sea necesario hasta
que se termine de extraer toda la mercanc�a del pedimento A4, y en el apartado
de observaciones a nivel partida se deber� declarar el total de botellas que se
extraen en el pedimento G1.
Se anexa oficio 326-SAT-I-20448 de fecha 23 marzo
del presente emitido por la Administraci�n
Central de Operaci�n Aduanera a la Administraci�n de Normatividad de Comercio
Exterior y Aduanal de la Administraci�n General Jur�dica,
a trav�s del cu�l se solicita la publicaci�n del identificador SM
En caso de dudas podr�
comunicarse con Anel M�rquez�
Salda�a� en el tel�fono 91576711
� v�a correo electr�nico a la cuenta anel.marquez@sat.gob.mx.
Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.