BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m. P032

Marzo 28, de 2006

 

Marbetes

 

En alcance al bolet�n N� P021 del 7 de marzo, se informa que a partir del 1� de Abril del a�o en curso es obligatoria la declaraci�n del identificador MB, conforme a lo siguiente:

 

1.     Cuando se realice la importaci�n de mercanc�as que se encuentran listadas en el Sector 5 (Vinos y licores) del Anexo 10 de las Reglas de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior vigentes y que por su naturaleza no esta obligado a contar con marbete como lo se�ala la Ley del Impuesto Especial sobre Producci�n y Servicios se deber� declarar el identificador SM a fin de exceptuar a esa partida de la declaraci�n del MB

 

2.     Hasta nuevo aviso, trat�ndose de extracciones de deposito fiscal (clave de pedimento G1) se podr� colocar el rango de los marbetes tantas veces sea necesario hasta que se termine de extraer toda la mercanc�a del pedimento A4, y en el apartado de observaciones a nivel partida se deber� declarar el total de botellas que se extraen en el pedimento G1.

 

Se anexa oficio 326-SAT-I-20448 de fecha 23 marzo del presente emitido por la Administraci�n Central de Operaci�n Aduanera a la Administraci�n de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administraci�n General Jur�dica, a trav�s del cu�l se solicita la publicaci�n del identificador SM

 

En caso de dudas podr� comunicarse con Anel M�rquezSalda�aen el tel�fono 91576711 � v�a correo electr�nico a la cuenta anel.marquez@sat.gob.mx.

 

Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

  

 

 

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