BOLETIN INFORMATIVO
N�m.
P076�
Regla 2.7.7
Transmigrantes
Con relaci�n a
lo dispuesto en la fracci�n V del articulo Primero Transitorio de las RCGMCE,
por este conducto se informa que la Administraci�n Central de Operaci�n
Aduanera de la Administraci�n General de Aduanas solicit� a la Administraci�n
Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administraci�n
General Jur�dica mediante oficio 326-SAT-I-41304 del 30 de Junio, ampliar el
plazo de la entrada en vigor del numeral 3 de la regla 2.7.7. hasta el d�a 15 de Agosto del a�o en curso.
Sin m�s por el momento,
aprovecho la ocasi�n para enviarles un cordial saludo.