BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P109
Anexo 22
Valor Comercial, Valor Agregado
Por este conducto se informa que el pasado lunes 21 de agosto,
se public� en el Diario Oficial de la Federaci�n, la siguiente modificaci�n al
Anexo 22 �Instructivo de llenado de pedimento�, para quedar como sigue:
ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2006
INSTRUCTIVO
PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO
CAMPO |
CONTENIDO |
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ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO |
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14. |
PRECIO
PAGADO/VALOR COMERCIAL |
����������������������. Trat�ndose de exportaci�n se deber� expresar la suma
del valor comercial de todas las partidas declaradas en el pedimento. Trat�ndose de retornos de Empresas Maquiladoras o
PITEX ������������.����������. |
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............................................................................................................................................. |
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PARTIDAS �������������������������������������. |
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14. |
IMP. PRECIO PAG./VALOR COMERCIAL |
������������������..................... Trat�ndose de exportaci�n se deber�
declarar el valor comercial. Trat�ndose de retornos de empresas
Maquiladoras o PITEX se deber� expresar la suma del valor de ������������������������ |
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��������������������������������������. |
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16. |
VAL. AGREG. |
Importe del valor agregado de exportaci�n a las
mercanc�as |
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As� mismo se informa que dicha
modificaci�n entrar� en vigor el pr�ximo 1 de septiembre.
Es importante enfatizar que en el
caso de las empresas Maquiladoras o PITEX, dentro del Valor
Agregado, se debe considerar el valor generado en el
pa�s por el proceso de manufactura de exportaci�n. En este campo se deber�
registrar la suma de las remuneraciones totales pagadas por mano de obra (personal
contratado de forma directa o mediante contrato de prestaci�n de servicio),
materias primas nacionales utilizadas en el proceso productivo, los envases y
empaques nacionales consumidos, el total de gastos diversos (luz, agua,
tel�fono, tr�mites aduanales, etc.), as� como las utilidades brutas que
permanecen en el pa�s.
El c�lculo del Valor
Agregado se podr� basar en los costos unitarios de
las mercanc�as, sin considerar los insumos importados.�
Ejemplos:
1) Si en un pedimento de retorno, que ampara un determinado n�mero de
televisiones para las cuales se realizaron importaciones temporales por $10,000,000
y el monto cobrado por la transformaci�n es de $2,000,000, se deber� asentar en
el campo de Importe Precio Pagado/Valor Comercial el valor de
las mercanc�as retornadas, es decir los $10,000,000 y en el concepto de Valor
Agregado se deber� asentar los $2,000,000.
2) Si en un pedimento de retorno, que ampare las ventas de un n�mero
determinado de celulares facturados con un valor de $5,000,000 para los cuales se
realizaron importaciones temporales por $4,000,000, se deber� asentar en el
campo de Importe Precio Pagado/Valor Comercial el valor de
las mercanc�as retornadas, es decir los $4,000,000 y en el concepto de Valor
Agregado deber� asentarse $1,000,000.
Conforme a lo anterior, en el Valor
Comercial las empresas Maquiladoras o PITEX �declarar�n el valor de los insumos importados
temporalmente tal y como se declararon en el pedimento de importaci�n temporal
correspondiente; y �ste no debe incluir el valor
agregado.
Para cualquier duda o comentarios,
favor de comunicarse con Teresa Mac�as al 5802-2466 o teresa.macias@sat.gob.mx
Sin m�s por el momento, aprovecho la ocasi�n para
enviarles un cordial saludo.