BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm. P122
Septiembre 25, 2006
Criterios de validación


Con el presente se comunica que en fechas pasadas se incorporó la verificación de los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) autorizados por la Secretaría de Economía, en las importaciones al amparo de la Regla 8ª.  de las Complementarias para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y exportación (Partida 98.02 de la TIGIE), con lo que es necesario declarar los identificadores PP (a nivel pedimento) y PS (a nivel partida) en estos casos.

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.











OPERACIÓN ADUANERA
Ing. Mónica Marcela González Fuentes