BOLETIN INFORMATIVO

N�m. P126

Octubre 2, de 2006

Anexo 22

Valor Comercial, Valor de Retornos

 

En al alcance al bolet�n P109, se informa que la Administraci�n Central de Operaci�n Aduanera de la Administraci�n General de Aduanas solicit� a trav�s de oficio 326-SAT-I-58563 de fecha 25 de septiembre de 2006, a la Administraci�n Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administraci�n General Jur�dica, lasiguiente modificaci�n al Anexo 22 �Instructivo de llenado de pedimento�, para quedar como sigue:

 

ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2006

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO

CAMPO

CONTENIDO

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

.............................................................................................................................................

14.

PRECIO PAGADO/VALOR COMERCIAL

����������������������.

Trat�ndose de retornos de empresas Maquiladoras o PITEX como valor comercial se deber� expresar el importe del valor agregado de exportaci�n correspondiente a la suma de todas las partidas.

En caso de que la Maquiladora o PITEX sea propietaria de los insumos importados temporalmente, se deber� declarar como valor comercial la suma del valor agregado de todas las partidas m�s el valor de los insumos importados temporalmente.

������������.����������.

PARTIDAS

�������������������������������������.

14.

PRECIO PAGADO/VALOR COMERCIAL

������������������.....................

Trat�ndose de retornos de empresas Maquiladoras o PITEX como valor comercial se deber� expresar el importe del valor agregado de exportaci�n.

En caso de que la Maquiladora o PITEX sea propietaria de los insumos importados temporalmente, se deber� declarar como valor comercial la suma del valor agregado m�s el valor de los insumos importados temporalmente.

������������������������

16.

VAL. AGREG.

Importe del valor agregado de exportaci�n a las mercanc�as que retornen las empresas Maquiladoras o PITEX, considerando los insumos nacionales o nacionalizados y otros costos y gastos, incurridos en la elaboraci�n, transformaci�n o reparaci�n de las mercanc�as que se retornan, as� como la utilidad bruta obtenida por dichas mercanc�as.

En otro caso, se declara NULO.

�������������������������������������.

26.

VAL. DE RETORNOS

Trat�ndose de retornos de Empresas Maquiladoras o PITEX
se deber� asentar el valor de las mercanc�as importadas temporalmente y que se est�n retornando.

En otro caso, se declara NULO.

 

Adicionalmente, se informa que dicha modificaci�n entrar� en vigor 1 de Diciembre 2006.

 

Es importante enfatizar que la modificaci�n al anexo 22 s�lo aplica a las operaciones de retorno que realicen las empresas con programa de maquila o PITEX.

 

Dentro del Precio Pagado/Valor Comercial se debe considerar el valor generado en el pa�s por el proceso de manufactura de exportaci�n es decir el Valor Agregado.

 

Como Valor Agregado se deber� considerar la suma de las remuneraciones totales pagadas por mano de obra (personal contratado de forma directa o mediante contrato de prestaci�n de servicio), materias primas nacionales utilizadas en el proceso productivo, los envases y empaques nacionales consumidos, el total de gastos diversos (luz, agua, tel�fono, tr�mites aduanales, etc.), as� como las utilidades brutas que permanecen en el pa�s.

 

El c�lculo del Valor Agregado se podr� basar en los costos unitarios de las mercanc�as, sin considerar los insumos importados.

 

Ejemplo:

 

Si en el pedimento de retorno, que ampara un determinado n�mero de televisiones para las cuales se realizaron importaciones temporales por $9,000,000 y el monto cobrado por la transformaci�n es de $3,000,000, se debe declarar:

 

Caso 1

La Empresa es propietaria de los insumos importados temporalmente

Caso 2

La Empresa no es propietaria de los insumos importados temporalmente

 

Valor Comercial = $12,000,000

Valor Comercial = $3,000,000

Valor Agregado = $3,000,000

Valor Agregado = $3,000,000

Valor de Retorno = $9,000,000

Valor de Retorno = $9,000,000

Para cualquier duda o comentarios, favor de comunicarse con Teresa Mac�as al 5802-2466 o teresa.macias@sat.gob.mx

 

 

Sin m�s por el momento, aprovecho la ocasi�n para enviarles un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SOLUCIONES DENEGOCIO PARA ADUANAS

Ing. Dalynn Michelle Somuano Spears