BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P094
Criterios de validaci�n
Se informa a
ustedes que a partir de esta fecha los identificadores a nivel global PC (PEDIMENTO CONSOLIDADO) y CR (RECINTO FISCALIZADO) contenidos en el Ap�ndice 8 del Anexo 22 de las
Reglas de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior, no podr�n ser
referenciados dentro de un mismo pedimento, en particular dentro de uno
�consolidado�, en la consideraci�n que por su naturaleza son mutuamente
excluyentes.
Lo anterior a
fin de que se sirvan tomar nota de esta medida y observarla en los tr�mites del
despacho aduanero.
Sin m�s por el
momento, reciban un cordial saludo.