BOLETIN INFORMATIVO
Núm. P001
Enero 04, 2008
En alcance al boletín No. 135 enviado con fecha 27 de Noviembre de 2007 se informa que de acuerdo a la publicación de la 5ª Resolución de Modificaciones a las RCGMCE para 2007, se publicó el siguiente artículo resolutivo:
“…………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
Séptimo.- Se modifica lo dispuesto en el artículo Vigésimo segundo de
“Vigésimo segundo.- Se modifica lo dispuesto en la fracción X del artículo Único transitorio de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, publicadas en el DOF el 27 de abril de 2007, para quedar como sigue:
X.- Lo dispuesto en la regla 3.7.18., sexto párrafo, numeral 2, primer párrafo de la presente Resolución, que entrará en vigor el 1 de febrero de
……………..………………………………………………………………………………………………………………………………….…”
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