BOLETIN INFORMATIVO

 

Num. P175
14 de octubre de 2009
Validación del arancel-cupo para la importación de azúcar.



Referente a la validación de pedimentos de importación que contengan las fracciones arancelarias de azúcar 1701.99.01, 1701.99.02 y 1701.99.99 en los que se aplique preferencia arancelaria de un Certificado Cupo tipo Unilateral, para las cuales se establece un arancel específico expresado en centavos de dólar; al respecto comento que deberá declarase la tasa del IGIE a 8 decimales tal y como se encuentra publicado en el DOF del 30 de junio del 2007.

Ejemplo:
551|9001264|17019999|1||AZUCAR|7895.03|25426335|25426335|1898578.64|3220.550|14|3220550.000|1|0|0|1||||GTM|GBR|||||
553|9001264|17019999|1|CP||09AZR00000000|1898578.64|3220550.000|
554|9001264|17019999|1|DC|1|||
554|9001264|17019999|1|EN|VIII|NOM-051-SCFI-1994||
556|9001264|17019999|1|6|0.03658533|2|
557|9001264|17019999|1|6|0|1586783|

Por lo anterior queda sin efectos lo solicitado en el boletín P157 emitido el 15 de septiembre del año en curso.
Para cualquier duda o sugerencia, dirigirse con Carolina Lozano Fernández carolina.lozano@sat.gob.mx y/o Ernesto Garcés Nava ernesto.garces@sat.gob.mx

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.












OPERACIÓN ADUANERA
Ing. Mónica Marcela González Fuentes