BOLETIN INFORMATIVO |
Núm. P202 |
Teniendo como referencia a la Décima Primera Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior y en particular a la adición del párrafo tercero a la fracción VIII del Artículo 10 Anexo 2.4.1 “ACUERDO DE NOM´S” publicado en D.O.F el 1° de Abril de 2009, en el cual se otorga a las Empresas IMMEX que realicen importaciones definitivas, la facilidad administrativa de no anexar al pedimento la Carta Bajo Protesta de Decir Verdad para mercancías que no vayan a expenderse al público tal y como son importadas. Sobre el particular se comunica que la intención de brindar dicha facilidad otorgada a las empresas que operen bajo un programa IMMEX es para agilizar el despacho de mercancías a la entrada a territorio nacional, sin que ello acredite a los importadores el eximir la obligación de emitirla, entregarla al Agente Aduanal o exhibirla a la autoridad aduanera cuando así se requiera. Por lo tanto, se exhorta a todas las empresas IMMEX a cumplir con la emisión de la mencionada declaración, requisitada conforme lo estipulado en el Acuerdo antes señalado y con esto sustentar el cumplimiento en materia de Regulaciones y Restricciones No Arancelarias donde se incluyen las Normas Oficiales Mexicanas. Para cualquier duda o aclaración favor de comunicarse con Blanca Estela Silva al teléfono 5802-0804, ID 40804, correo electrónico blanca.silva@sat.gob.mx o Patricia Rivas Cruz al teléfono 5802-0807. Sin más por el momento, reciban un cordial saludo. |
OPERACIÓN ADUANERA |