BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm. P092
Agosto 2, 2010
RCGMCE 3.5.1


En relación al oficio 127 publicado el día 01 de julio del presente en el cual se hace referencia al oficio 800-02-00-00-2010-7235 en donde se indica:

“UNICO.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación, con la excepción de lo siguiente:

XX. Lo dispuesto en la regla 3.5.1., fracción II, inciso g), numeral 2, entrará en vigor el 2 de agosto de 2010, por lo que, hasta entonces, …”

En relación con lo anterior solicitamos el apoyo a todos los prevalidadores con el objeto de que envíen lo antes posible, mediante correo electrónico, los hipervínculos en donde las aduanas podrán consultar en línea los estados del VIN, así como también se solicita sea enviado el número del prevalidador que les corresponde.

El correo electrónico a donde se deberá enviar la información solicitada es: georgina.estrada@gob.mx.

Lo anterior con el objeto de enviar dichos hipervínculos a las aduanas y procedan a la verificación correspondiente en caso de que así lo requieran.

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.












OPERACIÓN ADUANERA
Ing. Mónica Marcela González Fuentes