BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm. P157
Diciembre 22, de 2010
Permisos PLAFEST


Por medio del presente se les informa que las Autorizaciones expedidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) en materia de sustancias tóxicas, plaguicidas y nutrientes vegetales, se deberán tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

•  Para la importación de mercancías a que se refieren los artículos 2, 3 y 4 del �Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas� los importadores requieren presentar y declarar en el pedimento las autorizaciones  expedidas por COFEPRIS y SEMARNAT.

•  Para la exportación de mercancías a que se refiere el artículo 5 del Acuerdo antes mencionado, los exportadores deberán presentar y declarar en el pedimento la autorización de SEMARNAT para la exportación de los materiales peligrosos previstos en el Acuerdo, los incluidos en el Convenio de Rotterdam y los que se señalen en algún otro tratado internacional.

Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Acuerdo mencionado.

Cualquier duda o aclaración, favor de comunicarse con David Sánchez Sánchez al teléfono 58020000 ext. 49345 y correo david.sanchezs@sat.gob.mx, con Alberto Martínez Ordoñez al teléfono 58021277 y correo alberto.martinez@sat.gob.mx y con Mónica Rocio Mendoza Rodriguez al teléfono 58020000 ext. 53616.

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.












OPERACIÓN ADUANERA
Ing. Mónica Marcela González Fuentes