Por medio del presente, hago de su conocimiento que esta Administración solicito de manera formal a la Administración Central de Regulación Aduanera (ACRA), que se modifique la fracción I del Único Artículo Transitorio de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, a efecto de que sea homologada la Regla 1.9.10 conforme a los mismos criterios de la Regla 1.9.15.
En base a lo anterior, la ACRA realizo la solicitud mediante oficio a la Administración General Jurídica, para que se modifique la fracción antes mencionada.
Cabe mencionar que este tiempo que marca el Artículo Transitorio servirá para la estabilización de la transmisión electrónica de las guías Master y House, asimismo se reitera que al concluir dicho período, esta será obligatoria conforme a los estipulado en la Regla para todas aquellas Aerolíneas y Agentes Internacionales de Carga que realicen las transmisiones en comento.
Para cualquier duda o comentario, favor de comunicarse al teléfono 01 (55) 5802 00 00 Extensiones 49422 y/o 48959
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo. |