Por medio del presente, se informa que la Administración Central de Regulación Aduanera, solicitó a la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal, la modificación al apéndice 8 del anexo 22, en la clave de pedimento �XP�, con el objeto de prever la excepción del Permiso Previo de Exportación de conformidad con el Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y destrucción masiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2011, mismo que entrará en vigor el 20 de octubre del presente, quedando de la siguiente manera:
ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2011
APENDICE 8
IDENTIFICADORES
Clave |
Nivel |
Supuestos de Aplicación |
Complemento 1 |
Complemento 2 |
Complemento 3 |
.. |
� |
.. |
� |
� |
� |
XP-� |
� |
� |
�.
C6.- Permiso Previo de Exportación definitiva � |
�.
UM.- Uso de la mercancía
�
|
�
WS.-Se declara bajo protesta de decir verdad, que la mercancía no requiere Permiso Previo de Exportación, de conformidad con el Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva, publicado en el DOF el 16 de junio de 2011.
�
|
Dicha modificación será publicada en la próxima resolución de modificaciones a las RCGMCE para 2011.
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo. |