Por medio del presente y en relación a la información mínima que deberá contener el sistema automatizado de control de inventarios, se dan a conocer los lineamientos actualizados que deberán de observar las empresas que deseen obtener la Autorización para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, conforme al artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera y a lo dispuesto en la Regla 4.5.17, fracción II, inciso g de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior. Los cuales se encuentran publicados en la página de Aduanas www.aduanas.gob.mx, en el menú servicios, submenú descargas de archivos, link Lineamientos.
Para cualquier duda o comentario, favor de comunicarse al teléfono 01 (55) 5802 00 00 extensiones 49364 y/o 41674
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.
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