Boletín Núm. P053  
 

México, D. F., 25 de junio de 2012.

VOCE-Registros 508 y 514.

Se informa que se incorpora una nueva funcionalidad del Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE) para exigir en pedimentos �S2� y �V2�de exportación la declaración de los registros 508 (Cuentas Aduaneras a Nivel Pedimento) y 514 (Documentos que amparan Formas de Pago) que se utilizarán para declarar información relacionada a la Constancia de Depósito en Cuenta Aduanera y la Declaración para Movimiento en Cuenta Aduanera de Bienes Importados para Retornar en su Mismo Estado conforme al Art. 86 de la L.A.

Para tal efecto y a fin de que se tomen las medidas necesarias en los programas de captura de pedimentos, se anexa la parte del Manual Técnico de Registros SAAI para el llenado de los campos en este tipo de operaciones.

Cabe hacer mención que el uso de dichos registros será bifuncional, tanto en importación, conservando los criterios que actualmente se utilizan, y en la exportación, para los pedimentos especificados en el primer párrafo de este boletín.

Asimismo, se comenta que dicha validación entrará en vigor hasta que sean publicadas y con la vigencia que señalen las modificaciones al Anexo 22 de las RCGMCE, mediante el Diario Oficial de la Federación.

















Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.aduanas.gob.mx