Se hace de su conocimiento que el día de hoy se liberó a nivel nacional, la versión
del Validador de Operaciones de Comercio Exterior que contiene la funcionalidad
para otorgar a las empresas IMMEX el plazo considerado en el artículo 28 del
Decreto IMMEX, que señala : “CUANDO LA SECRETARIA NOTIFIQUE LA
CANCELACION DE UN PROGRAMA, LA EMPRESA DEBERÁ CAMBIAR AL RÉGIMEN
DE IMPORTACIÓN DEFINITIVA O RETORNAR EN LOS TERMINOS DE LEY LAS
MERCANCIAS IMPORTADAS TEMPORALMENTE AL AMPARO DE SU PROGRAMA,
EN UN PLAZO DE 60 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN
QUE LE SEA NOTIFICADA DICHA CANCELACIÓN”.
Con lo que se corrige que el sistema envíe incorrectamente el error “LA SITUACION
DEL PERMISO DECLARADO SE ENCUENTRA FINALIZADA, SOLO SE PERMITEN
OPERACIONES CON ESTA SITUACION A RETORNO Y CAMBIOS DE REGIMEN”,
cuando corresponda a la operación antes mencionada. |