Por medio del presente, se informa que a partir del día 16 de julio del presente año se incorporará una nueva
funcionalidad en el Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE), la cual contemplará la validación del pedimento único
que ampare las operaciones virtuales que realicen las empresas con Programa IMMEX y cuenten con la certificación en materia de IVA e IEPS,
esto de conformidad con la Regla General de Comercio Exterior vigente 4.3.23., fracción I, inciso c.
El pedimento único virtual se realizará a través del pedimento de importación con clave de documento �V1 � Transferencias
de mercancías�, en el cual se declarará el caso �TU - Transferencia de Mercancias (Operaciones Virtuales), con Pedimento Único�,
dicho caso considera los siguientes supuestos de aplicación:
APENDICE 8
IDENTIFICADORES
Clave |
Nivel |
Supuestos de Aplicación |
Complemento 1 |
Complemento 2 |
Complemento 3 |
TU - TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS (OPERACIONES VIRTUALES), CON PEDIMENTO UNICO
|
G |
Señalar en operaciones de transferencia de mercancías que se importen temporalmente
a través del Pedimento Único, de conformidad con la regla 4.3.23., fracción I, inciso c). |
Declarar el RFC de la empresa que transfiere la mercancía.
|
Declarar el tipo de caso de la certificación autorizada de la empresa que transfiere la mercancía. |
Indicar el rubro de la certificación autorizada. |
La declaración de los casos �IM� y �V1� a nivel pedimento continuará en la misma forma en que se realiza actualmente en el pedimento
virtual de importación.
Es importante señalar que la declaración de los identificadores mencionados son de carácter obligatorio. A manera de
ejemplo, se ilustra un modelo para la declaración de casos:
507|5005486|IM|9992012|||
507|5005486|V1|9992013|IM||
507|5005486|CI|AA|||
507|5005486| TU|MCE1295214C5|CI|AAA |
Cabe señalar que no será necesario realizar el pedimento virtual de exportación cuando realicen la transferencia de mercancías
a través del pedimento único virtual.
Por otro lado, para el beneficio de la fracción III de la regla 4.3.23., las empresas autorizadas conforme a dicha regla, podrán
en la apertura de previos de consolidado declarar el caso �AV - Aviso Electrónico de Importación y Exportación�, para la
transmisión al SAAI de la información correspondiente a cada remesa.
El caso �AV� considera los siguientes supuestos de aplicación:
APENDICE 8
IDENTIFICADORES
Clave |
Nivel |
Supuestos de Aplicación |
Complemento 1 |
Complemento 2 |
Complemento 3 |
AV � AVISO ELECTRONICO DE IMPORTACION Y EXPORTACION |
G |
Indicar en los previos de consolidado el uso del aviso electrónico de importación
y exportación por cada remesa presentada ante el módulo de selección automatizado. |
De conformidad con la regla 4.3.23, fracción III. |
No asentar datos. (Vacío). |
No asentar datos. (Vacío). |
Se anexa cédula del Manual de Lineamientos de Aviso Electrónico de Importación y Exportación para su aplicación.
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.
2000 INICIO DE ARCHIVO DE AVISOS |
Registro para la declaración de inicio del archivo para Movimientos sobre Avisos para remesas de pedimentos
consolidados
Carácter: Obligatorio
Se deberá declarar un registro de este tipo al inicio de cada transmisión de información |
CAMPO |
FORMATO |
LONGITUD MÁXIMA |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Tipo de Registro |
Numérico |
4 |
Identificador del Tipo de Registro (2000) |
2 |
Clave del tipo de aviso |
Alfanumérico |
4 |
Clave del tipo de Aviso
1905 Avisos que hacen las empresas autorizadas conforme a la regla 3.8.1. inciso L y operaciones conforme a la regla 4.3.23.
1906 Avisos que hacen las empresas de la Industria Automotriz
1907 Avisos que realizan los Recintos fiscalizados Estratégicos |
3 |
Patente |
Numérico |
4 |
Patente del Agente o Apoderado Aduanal |
4 |
Pedimento |
Numérico |
7 |
Número de pedimento |
5 |
Aduana |
Alfanumérico |
3 |
Clave de la aduana de despacho. |
6 |
Remesa |
Numérico |
4 |
Número de remesa.
Para la clave del tipo de aviso 1906 y 1907 (Industria Automotriz y Recintos Fiscalizados Estratégicos) se deberá declarar nulo. |
7 |
Movimiento |
Alfanumérico |
2 |
Identifica el movimiento que se pretende realizar:
A � Alta
B � Baja
Para la clave del tipo de aviso 1906 y 1907 (Recintos Fiscalizados Estratégicos) se deberá declarar nulo. |
|
Acuse de Validación |
Alfanumérico |
8 |
Acuse de Validación del Aviso que se desea dar de baja. En caso de Movimiento A-Alta se deberá dejar
vacío. |
2001 INICIO DE AVISOS |
Registro para la declaración de inicio de Avisos para remesas de pedimentos consolidados
Carácter: Obligatorio solo para las claves de tipo de aviso 1906 y 1907
|
CAMPO |
FORMATO |
LONGITUD MÁXIMA |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Tipo de Registro |
Numérico |
4 |
Identificador del Tipo de Registro (2001) |
2 |
Clave del tipo de aviso |
Alfanumérico |
4 |
Clave del tipo de Aviso
1905 Avisos que hacen las empresas autorizadas conforme a la regla 3.8.1. inciso L y operaciones conforme a la regla 4.3.23.
1906 Avisos que hacen las empresas de la Industria Automotriz
1907 Avisos que realizan los Recintos Fiscalizados Estratégicos |
3 |
Patente |
Numérico |
4 |
Patente del Agente o Apoderado Aduanal |
4 |
Pedimento |
Numérico |
7 |
Número de pedimento |
5 |
Aduana |
Alfanumérico |
3 |
Clave de la aduana de despacho. |
6 |
Remesa |
Numérico |
4 |
Número de remesa. |
7 |
Movimiento |
Alfanumérico |
2 |
Identifica el movimiento que se pretende realizar:
A � Alta
B � Baja |
|
Acuse de Validación |
Alfanumérico |
8 |
Acuse de Validación del Aviso que se desea dar de baja. |
|