En relación con los trámites de renovación y ampliación de vigencia de las garantías en materia
de IVA e IEPS, se hace de su conocimiento, que las empresas que hayan presentado su solicitud de renovación o ampliación de vigencia
a través del �Formato único de garantías en materia de IVA e IEPS�, fuera del plazo señalado en el primer párrafo
de la regla 5.2.25., y segundo párrafo de la regla 5.2.28., de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes, se entenderá que
se presentaron en tiempo para su calificación, aceptación y trámite, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos
en dicha normatividad.
Lo anterior aplicará para las empresas que hayan presentado su solicitud de renovación o ampliación
de vigencia hasta el día 18 de diciembre de 2015 ante las oficinas de la Administración General de Auditoría de Comercio
Exterior, ubicadas en Av. Paseo de la Reforma No. 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030 en México,
Distrito Federal.
De igual forma en relación al Boletín P091 de fecha 16 de diciembre de 2015, adicionalmente las empresas que
hayan ingresado hasta el 18 de diciembre de 2015, una solicitud de aumento de modalidad y que no hayan optado por la renovación en la
modalidad A, les será aplicable la prórroga temporal de los beneficios inherentes a la certificación en materia de IVA e
IEPS, en los términos
y condiciones establecidos en el mencionado boletín. |