Estimado contribuyente:
En alcance a los boletines p091 y p094, se hace de su conocimiento la prórroga temporal de los
beneficios inherentes a la certificación
en materia de IVA e IEPS a los contribuyentes que se encuentren en los siguientes supuestos:
1.- Que en el ejercicio 2015 tuvieran una certificación
en materia de IVA e IEPS en modalidad A, no hayan solicitado renovación
a la certificación y presentaron una solicitud en la misma modalidad a más tardar el día 18 de diciembre de 2015, hasta
las 18:00 horas (horario del centro), y del cual la autoridad no haya emitido resolución.
En el caso de que la autoridad emita una resolución
no favorable a las solicitudes que se encuentren en los numerales que anteceden, de manera inmediata dejarán de gozar de los beneficios
otorgados a la certificación en materia de IVA e IEPS.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo. |