A las empresas que cuenten con el registro de empresas certificadas, otorgado en términos de la regla 3.8.1., apartados
A, B, D, F y L (derogada) de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016; así como las personas que cuenten con el registro de
socio comercial certificado en términos de la regla 3.8.14. (derogada) de las Reglas antes citadas, se informa lo siguiente:
La presentación
de los formatos denominados "Avisos relacionados con el registro de empresas certificadas, (Reglas 3.8.2. y 3.8.4.)� y �Aviso
de modificación del Socio Comercial Certificado�, a que se referían las reglas 3.8.2., 3.8.4. y 3.8.15 (derogadas) de las Reglas
Generales de Comercio Exterior, podrá realizarse con esos formatos hasta en tanto concluya la vigencia otorgada
a las empresas certificadas o socios comerciales certificados en términos de las reglas 3.8.1. y 3.8.14 de las Reglas Generales de Comercio
Exterior.
Asimismo, como facilidad administrativa podrán cumplir con la presentación de los avisos a que se refiere el párrafo
anterior mediante el formato debidamente requisitado denominado �Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el
Esquema de Certificación de Empresas�, teniendo por cumplida esa obligación. |