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Boletín Núm. P011 |
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Ciudad de México, a 03
de febrero de 2017 |
Alcance
al Boletín P008 |
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En alcance al Boletín P008, se transcribe el comunicado enviado por la Dirección General de Normas, para su conocimiento:
Por lo que respecta a lo que le compete a la Dirección General de Normas, y de conformidad con ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO TRANSITORIO
del DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, el cual a la letra: “A partir de la fecha de entrada
en vigor de este Decreto, todas las referencias que en esta Constitución y demás ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito
Federal, deberán entenderse hechas a la Ciudad de México”; aquellos documentos como dictámenes, certificados, informes
u otros documentos, en los que se demuestre el cumplimiento con normas oficiales mexicanas, normas mexicanas y/o disposiciones técnicas,
en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y que refieran Distrito Federal, se entenderán hechas
a la Ciudad de México.
Lo resaltado es nuestro.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo. |
Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel.
MarcaSAT : 627 22 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx
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