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Boletín Núm. P040 |
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Ciudad de México, a 4
de mayo de 2017
�Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos� |
Operaciones
a la Franja o Región Fronteriza |
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Por este medio se hace de su conocimiento, que las operaciones que se tramiten con la clave de pedimento C1 (importación definitiva
a la franja fronteriza norte y región fronteriza al amparo del decreto de la franja o región fronteriza) listada en el Apéndice
2 �Claves de pedimento� del Anexo 22 �Instructivo para el llenado del pedimento� bajo el régimen de importación de definitiva,
cuyo identificador declarado en el pedimento conforme al Apéndice 8 del mismo Anexo, corresponda CF (preferencia arancelaria para empresas
ubicadas en la franja o región fronteriza), podrán validar su operación por cualquier aduana.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
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Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel.
MarcaSAT : 627 22 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx
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