Boletín Núm. P053  
 

Ciudad de México, a 30 de agosto de 2018

Despacho aduanero con DODA (QR) o con medio de control (PITA)

Me refiero a las Reglas 2.4.11. y 3.1.31. Generales de Comercio Exterior para 2018, las cuales establecen la transmisión del documento electrónico para obtener el formato de "Documento de Operación para Despacho Aduanero" (DODA) o el número de integración para asociarlo a un medio de control (PITA) y poder realizar la activación del Mecanismo de Selección Automatizado.

Sobre el particular, se hace de su conocimiento que se publicaron en la página de internet del SAT, los �Lineamientos con las especificaciones tecnológicas para realizar el despacho aduanero de mercancías con el medio de control o Documento de Operación para Despacho Aduanero�, en los cuales se establecen los requisitos tecnológicos y procedimientos que se deben cumplir, para poder realizar la transmisión del citado documento electrónico.

Para pronta referencia se manda la liga directa en donde podrán consultarlos http://omawww.sat.gob.mx/aduanas/Portal/index.html#!/lineamientos.

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

















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