Para efectos del apartado A de los “Lineamientos para el trámite de gafetes de identificación y de gafetes únicos de identificación en los recintos fiscales y fiscalizados”, podrán portar el gafete de identificación (cartón) conforme se detalla a continuación, a fin de continuar con el desarrollo de sus actividades o prestación de sus servicios dentro de los recintos fiscales o fiscalizados:
Figura |
Año de
vigencia |
Prórroga al |
Apoderado aduanal (común) |
2018 |
31 de diciembre de 2019 |
Dependiente (común) |
2018 |
31 de diciembre de 2019 |
Apoyo y servicio en almacenes y carga |
2018 |
31 de diciembre de 2019 |
Apoyo y servicio |
2018 |
31 de diciembre de 2019 |
Visitante |
2018 |
31 de diciembre de 2019 |
Representante de Industria |
2015 y 2016 |
31 de diciembre de 2019 |
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.
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