Me refiero a las reglas 2.4.11 y 3.1.33 Generales de Comercio Exterior para 2020, las cuales establecen la obligación de transmitir un documento electrónico para obtener el formato de “Documento de Operación para Despacho Aduanero” (DODA) o el número de integración para asociarlo a un medio de control (PITA) y poder realizar la activación del Mecanismo de Selección Automatizado.
Con la finalidad de que se comiencen a realizar los ajustes tecnológicos correspondientes en sus sistemas, se hace de su conocimiento que, se implementó un nuevo web service unificado en el cual los usuarios podrán generar, modificar, eliminar y consultar los DODA o número de integración, que se encuentra pendiente de liberar a producción.
La dirección IP pública del servicio web unificado es la siguiente:
https://200.57.3.82:3443/Integracion/WebServiceDodaPita
Para generar el DODA o número de integración necesariamente se deberán indicar las etiquetas que correspondan de acuerdo a lo que se desee obtener con las siguientes especificaciones:
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Etiqueta |
Especificación |
Número de integración
(PITA) |
<despachoAduanero>1</despachoAduanero> |
Valor 1, despacho de mercancías con el medio de control. |
<numeroGafeteUnico>SATGN201810024000000XXXX</numeroGafeteUnico> |
Se deberá capturar a 24 posiciones |
DODA |
<despachoAduanero>2</despachoAduanero> |
Valor 2, despacho de mercancías con el documento. |
Así mismo, se les informa que los tags de autentificación usuario y contraseña, cambian por el RFC de la figura aduanal autorizada.
Al respecto, es importante mencionar que no existirán insumos y ambiente web service de pruebas.
Las especificaciones para el desarrollo de las aplicaciones informáticas y para la utilización del servicio web unificado se encuentran en el Manual técnico WS Unificado DODA-PITA, así como los contratos publicados en el portal de servicios de aduanas en la dirección electrónica:
http://www.sat.gob.mx/aduanas/servicios/descargas/Paginas/lineamientos.aspx
Es importante mencionar, que la habilitación en ambiente de producción del servicio web se hará de su
conocimiento mediante boletín y posteriormente se darán de baja las dos URL que actualmente se
utilizan para generar el DODA QR y número de integración.
No se omite mencionar, que los números de integración que se generen vía servicio web, podrán ser
visualizados y consultados a través del portal web.
Finalmente, para reportar errores o fallas de DODA QR, se pone a su disposición los siguientes correos:
maria.lopez@sat.gob.mx, claudia.rios@sat.gob.mx, ramses.rojash@sat.gob.mx.
La información registrada en el presente boletín no tiene vigencia.
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