Manuales de Apoyo

 
Instructivo de Llenado del Pedimento M3
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Manual Técnico de Registros SAAI M3
Versión 7.0, Junio de 2010
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Manual de Claves de Documento
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Manual Práctico para el Cálculo de Contribuciones y Cuotas Compensatorias Descargar
 

Recargos

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En Aduanas marítimas, aéreas y aquellas con Depósito ante la Aduana:

RECAR = RED (IGI x SMTAREE/100)

En el caso de rectificaciones, cuando existen diferencias de contribuciones y cuotas compensatorias:

RECAR = RED (IGI + DTA + IVA + ISAN + IEPS + CC) x (SMTAREP/100))

Las contribuciones y cuotas compensatorias (o diferencias en las rectificaciones) deberán estar ya actualizadas y redondeadas, para el cálculo de los recargos.

Se utiliza la suma de las tasas de recargos por mora.

La fecha a partir de la cual se causan recargos es la siguiente:

1. Para Aduanas Aéreas y aquellas con depósito ante la aduana: Fecha = FE + 1 mes + 1 día.

2. Para Aduanas Marítimas: Fecha = FE + 2 meses + 1 día.

3. En rectificaciones Fecha = Fpo + 1 día

4. Para el cambio de régimen Fecha = Fpo + 1 día, Artículo 110 Fracción I. de la Ley Aduaner en operaciones realizadas anteriores al 01/01/01.

Cantidad equivalente a Recargos:

EQUREC = RED (IGI x SMTAREP/100)

La fecha a partir de la cual se causa en el cambio de régimen conforme al artículo 109 es: Fecha = Fpo + 1 día

Base Normativa

Artículo 21 del Código Fiscal.