Para operaciones que rectifican un pedimento, el
cual se pagó con anterioridad a la entrada de las mercancías
al país, no existe actualización ni recargos antes de
activar el mecanismo de selección aleatoria.
Para operaciones que rectifican un pedimento el cual se pagó
con posterioridad a la fecha de entrada de las mercancías al país,
sí se causan actualización y recargos, conforme a los plazos
establecidos.
|
ACTUALIZACION |
RECARGOS |
IGI |
Artículo
83 primer párrafo
(FPr - FPo > 1 mes)
Desde Fpo hasta FPr
Cuando
se da el supuesto anterior ?? |
Desde
FPo hasta FPr |
|
Artículo
83 primer párrafo
(FPr - FE > 1 mes)
Desde FE hasta FPr |
Desde
FPo hasta FPr |
Claves de formas de pago que se considera causan recargos:
0,1,2,3,4 y 7.
El recargo se podrá pagar con las siguientes formas : 0, 1 y
7.
|
IVA |
|
I |
DTA |
|
I |
ISAN |
|
I |
IEPS |
|
I |
CC |
|
I |
|
|
(FPr - FPo > 1 mes)
Desde FPo hasta FPr |
|
Desde FPo hasta FPr |
|
|
NOTA ACLARATORIA:
Las formas de pago de los recargos antes mencionadas son las que se consideran aplicables de acuerdo a las formas de pago existentes. |
|