500 Inicio de Pedimento

Campo

Descripción

Declaración del Campo

Longitud

Formato

Criterios de Llenado

1

Clave del Tipo de Registro.

Inicio del Pedimento, que indica la línea en que comienza un pedimento en el archivo de transmisión.

Obligatoria

3

Numérico

• Declarar el número de registro 500.

• Único por pedimento.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

2

Tipo de Movimiento.

Tipo de movimiento que se realiza

Obligatoria

2

Numérico

• Declarar una clave válida para el tipo de movimiento correspondiente, conforme a lo siguiente:

1 Pedimento Nuevo

2 Eliminación

3 Desistimiento

4 USO FUTURO

5 Informe de la Industria Automotriz

6 Pedimento Complementario

7 Despacho Anticipado

8 Confirmación de Pago, esta clave sólo se podrá utilizar en el caso de pedimentos que tengan exclusivamente las siguientes formas de pago 5, 6, 8, 9, 13, 14, 16, 18, 21 y 22 de conformidad con el apéndice 13 (en el caso de que en el pedimento se declaren otras formas de pago no se deberá utilizar esta clave).

9 Global Complementario.

• En el caso de tratarse de un pedimento de eliminación, desistimiento o confirmación de pago, sólo se deberán enviar los registros 500 y 801.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

3

Patente o autorización.

Número de la patente o autorización del agente aduanal, importador, exportador, apoderado aduanal o de almacén, que promueve la operación de comercio exterior.

Obligatoria

4

Numérico

• Deberá existir y estar vigente en el padrón respectivo para realizar operaciones en la aduana en que se realiza la operación y para el importador declarado.

• Si el número es menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los CEROS que se requieran.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

4

Número de Pedimento.

Número de pedimento asignado para identificar las operaciones realizadas en cada una de las aduanas del país.

Obligatoria

7

Numérico

• El primer dígito debe corresponder al último dígito del año en curso, mientras que los seis dígitos restantes son un número único de control asignado por el agente aduanal, apoderado aduanal o mandatario conservando los CEROS a la izquierda para que en conjunto sean siempre 7 dígitos.

• Deberá iniciarse anualmente el consecutivo por patente o autorización y aduana.

• No deben existir números de pedimentos duplicados por aduana de despacho y agente o apoderado aduanal.

• El primer dígito del número de documento, podrá corresponder al año inmediato anterior cuando se trate de un pedimento consolidado iniciado en ese año.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

5

Aduana-Sección de Despacho.

Aduana-sección donde se realiza la operación de comercio exterior.

Obligatoria

3

Alfanumérico

• Debe ser una clave valida de conformidad con el Apéndice 1 del Anexo 22 de las RGCE.

• La aduana declarada deberá corresponder con la aduana del equipo validador, en la que se realiza la operación.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

6

Acuse Electrónico de Validación.

Clave que se recibió como respuesta al transmitir el pedimento, que se pretende eliminar, desistir o confirmar el pago, al Validador de Operaciones de Comercio Exterior.

Condicional

8

Alfanumérico

• Sólo se deberá declarar cuando se trate de una eliminación, desistimiento o confirmación de pago, en caso contrario deberá enviarse este campo como NULO.

• No podrá declarase CERO o ESPACIOS EN BLANCO.